El tribunal Supremo, establece que el interés de un menor esta por encima de la patria potestad. Todo esto, ha dado de que hablar por una sentencia en donde, le han atribuido la guardia y la custodia de un menor a un familiar totalmente distinto del único progenitor vivo que tenia la patria potestad del hijo.
Para llegar a este tipo de situación ,antes, tienen que demostrarse, y esto es lo que hicieron. Tras una serie de pruebas periciales, se confirmo y demostró, que había una dejación clara por parte del padre. Esto lo demostró la otra parte, por via judicial.
La madre del menor, falleció y el juzgado de primera instancia de Granda, decidió darle a la cuñada de la fallecida, es decir, a la tía del menor, la custodia. Pero, el año pasado, la audiencia provincial de Granda, revocó la sentencia, y dijo que la patria potestad del menor, debían de dársela a el único progenitor vivo tras haber fallecido la madre, independientemente de que el menor viviera con su tía.
Finalmente el Tribunal Supremo, en una sentencia, determina que la tía va a seguir teniendo la guardia y la custodia del menor y se seguirá respetando la patria potestad del padre.
El abogado expresa la idea de que “no es bueno plantear este proceso como una lucha, ya que en el caso que la otra parte realice las tareas de padre volverá a tener la guardia y custodia de su hija. La propia sentencia lo dice: podrá pedir modificación de medidas desde un nuevo procedimiento judicial”, aclara. Para esa recuperación serán clave los informes de los equipos psicosociales para saber si ese padre ha mejorado su actitud ante su hija.
Tras la sentencia, se dejo claro que el Tribunal Supremo, ponía por encima las necesidades del menor frente a los derechos de los padres. En este caso, el viudo y padre del menor y la hermana de este se disputaron la guardia y la custodia del pequeño.
De hecho, el propio fallo establece un régimen de visitas del padre con su hija, que según los abogados, es el mejor escenario para que pueda ir demostrando su cambio de actitud y auténtico interés hacia su hija. De esta forma, pasado algún tiempo, otro equipo psicosocial podrá revelar si realmente ha cambiado la actitud del padre recurrente en este asunto sobre la menor.
Todo lo ocurrido con este caso, ayuda a muchas otras familias. A partir de ahora, se centran en la necesidad de los menores, anteponiendo las necesidades de los padres, es decir, se quiere proteger a todos los menores y sus interés.
Con esta sentencia, como hemos señalado, puede ayudar a muchas otras personas, ya que sin ser familia directa (tíos, tías, abuelos...) pueden atender a estos menores abandonados en algunos casos por sus padres. Porque si, sigue habiendo muchos casos en los que algunos padres, no dan el trato adecuado a sus hijos o les abandonan directamente y el Tribunal Supremo, lo que quiere es que deje de pasar esto y pueda proteger a los menores.
No hay comentarios:
Publicar un comentario