jueves, 27 de diciembre de 2018

EL DIVORCIO


Durante todo el blog, he hablado sobre la patria potestad, diferentes casos que han sucedido sobre la patria potestad, he diferencia la guardia de la custodia... 
Pero en ningún momento he mencionado nada sobre el divorcio  y me parece una cuestión muy importante dentro de la patria potestad. 

El divorcio es dar por finalizado un matrimonio. En un amplio sentido de la palabra, quiere decir, que es proceso que da por finalizado una union conyugal. La primera vez que el divorcio apareció en el código civil fue en el Código Civil Frances, en 1804. 



En el Código Civil actualmente se habla del divorcio desde el articulo 85 hasta el 89.

Si estas casado y decides separarte de tu marido sin tener hijos en común, no hay ningún problema, se dividen los bienes, si no estas casado con un acuerdo de separación de bienes y ya esta, pero...

¿que pasa si hay hijos de por medio? 


La custodia del menor se le da a una de las partes, es decir, el menor convivirá habitualmente con uno de sus progenitores. Lo mas común en estos casos, era que la madre se quedase con la custodia del menor, pero a día de hoy, son muchos los padres que deciden reclamar la custodia e incluso se les concede a ellos antes que a sus madres.

Así pues, la patria potestad, se les concede a las dos partes, ya que ambos tienen una serie de derechos y obligaciones sobre sus hijos. 

Como dato curioso, en muchos estudios se ha llegado a los resultados en los que se sitúa a España como el segundo país Europeo con mayor tasas de divorcio al año. Hay una media de 400.000 al año, es decir, se producen cinco divorcios cada minuto. Otro dato es que 150.000 niños se ven afectados por la separación de sus padres ya que se ha demostrado que nueve de cada diez parejas que se separan, tienen hijos menores en común. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario